Las Entidades Financieras colaboradoras RECOMIENDAN la domiciliación bancaria de los recibos.
Si quiere conseguir ventajas... domicilie sus recibos.
Podrá abonar sus tributos con toda comodidad, evitando posibles olvidos con el consiguiente recargo de apremio e interés de demora así como desplazamientos y esperas innecesarias.
El cargo en cuenta se produce el último día del periodo de pago, excepto para el IVTM que como ventaja adicional se carga en cuenta a partir del 15 de julio (dos meses después de la finalización de dicho periodo).
Disconformidad: dispondrá de 30 días para solicitar en su entidad financiera la devolución del recibo.
Puede domiciliar sus recibos de tres formas:
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- en el momento del pago.
- cumplimentando el IMPRESO y entregándolo en mano o por correo en las oficinas de la Recaudación Municipal.
- tramitándolo ON LINE. |
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